FISCAL

 

El SAT niega el supuesto pago de ISR de las personas adultas mayores. 5 de junio de 2026.

El SAT dio a conocer la tarjeta Informativa 9 de fecha 5 de junio, respecto a la información que circula en redes sociales sobre un supuesto pago que deberán realizar las personas adultas mayores del ISR por la pensión que reciben.

En ese sentido, el SAT informó lo siguiente:

·         Es totalmente falso que esta institución haya confirmado la aplicación de dicha medida.

·         La Ley del ISR establece claramente cuáles son las pensiones que están exentas y cuáles deben presentar declaración anual y pagar dicho gravamen.

·         Cabe mencionar que la gran mayoría de los pensionados en nuestro país están libres del pago de ese impuesto por los ingresos que reciban por concepto de pensión.

·         En el artículo 93 de la Ley del ISR señala que las pensiones están exentas de pagar ISR cuando no superan el equivalente a 15 UMAs diarias; es decir, un monto de 53 mil 493 pesos al mes.

·         También es falso que quienes reciben la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores deberán pagar este impuesto.

·         En el artículo 90 de la Ley del ISR se establece que no se consideran ingresos por los que se esté obligado al pago de dicho impuesto, los apoyos económicos o monetarios que reciban los contribuyentes, a través de los programas previstos en los presupuestos de egresos de la Federación o de las entidades federativas.

Finalmente, el SAT rechazó cualquier intención de generar confusión entre la ciudadanía, mediante información falsa, por ello, invita a la población a mantenerse informada a través de sus medios oficiales.

 

LEGAL EMPRESARIAL

 

Se publica reforma a la CPEUM en materia de reforma al Poder Judicial. 2 de junio de 2026.

La Presidencia de la República dio a conocer en el DOF del 2 de junio el “Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma al Poder Judicial”, el cual entró en vigor el 3 de junio de 2026.

El objetivo general del Decreto es reestructurar integralmente el funcionamiento, integración y supervisión del Poder Judicial de la Federación (PJF) y de los estados, buscando democratizar el acceso a la justicia, combatir la corrupción y garantizar la austeridad dentro de la judicatura.

 

Nueva causa de nulidad de elecciones por intervención extranjera. Modifican la CPEUM. 2 de junio de 2026.

La Presidencia de la Republica dio a conocer en el DOF del 2 de junio el “Decreto por el que se adiciona un inciso a la base VI del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para introducir una nueva causal de nulidad de elecciones por intervención extranjera”, el cual entró en vigor el 3 de junio de 2026.

Con la publicación se adiciona un inciso d) al párrafo tercero de la base VI del artículo 41 de la CPEUM, para establecer que la Ley establecerá el sistema de nulidades de las elecciones federales o locales por violaciones graves, dolosas y determinantes cuando se acrediten actos de intervención o injerencia extranjera que influyan en los resultados electorales.

 

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. Se dan a conocer reformas para la integridad en candidaturas. 2 de junio de 2026.

En el DOF del 2 de junio, la Presidencia de la República dio a conocer el “Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en Materia de Integridad en Candidaturas”, el cual entró en vigor el 3 de junio de 2026.

El decreto adiciona un Título Segundo Bis al Libro Cuarto, con los artículos 200 Bis, 200 Ter y 200 Quáter, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, denominado “De la integridad de las candidaturas” con un capítulo único “De la Comisión de verificación de integridad en candidaturas”.

El Título segundo Bis establece que la Comisión de verificación de integridad en candidaturas tiene por objeto recibir de los partidos políticos o de las personas que aspiren a una candidatura independiente, los listados de personas que pretendan postular como candidatas a un cargo de elección popular, ya sea federal o local, previo a su registro ante la autoridad electoral para que, en coordinación con las instancias competentes en materia de seguridad, inteligencia, procuración de justicia y financiera, se realice un análisis de riesgo sobre sus perfiles.

 

Nuevo reglamento de la ASF. Abroga el publicado el 1o. de abril de 2026. 5 de junio de 2026.

La Auditoría Superior de la Federación (ASF) publicó en el DOF del 5 de junio el “Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación”, el cual entró en vigor el día de su publicación.

La ASF es el órgano técnico de fiscalización de la Cámara de Diputados que tiene a su cargo la fiscalización superior, así como las demás atribuciones que expresamente le encomienden la CPEUM, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y demás ordenamientos legales aplicables.

La publicación de este nuevo Reglamento obedece a un proceso de reingeniería institucional profunda tras la llegada del Auditor Superior, Aureliano Hernández Palacios en el que se realiza un ajuste de tuerca operativo y de control jerárquico para concentrar los esfuerzos de fiscalización.

El reglamento del 1o. de abril fue un cambio de administración enfocado en la apertura institucional, equidad y digitalización. El del 5 de junio fue un cambio de estrategia operativa enfocado en la centralización del mando (Secretaría General) y la concentración del tiro de fiscalización sobre las dependencias del gobierno federal.

 

COMERCIO EXTERIOR

 

La UIF y la ANAM suscriben convenio para fortalecer el intercambio de información y combatir operaciones ilícitas en comercio exterior. 01 de junio de 2026

Mediante comunicado de prensa conjunto 22/2026 de fecha 1o. de junio de 2026 se dio a conocer que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) suscribieron un Convenio de Colaboración Interinstitucional para robustecer los mecanismos de intercambio de información, coordinación operativa y desarrollo de capacidades institucionales en materia de prevención y combate a conductas ilícitas vinculadas con el comercio exterior.

El convenio tiene como objetivo establecer bases de coordinación para el intercambio y consulta de información estratégica que contribuya al ejercicio de las atribuciones de ambas instituciones, así como fortalecer las acciones de análisis, inteligencia y prevención relacionadas con operaciones con recursos de procedencia ilícita, contrabando y otras actividades ilícitas vinculadas con la entrada y salida de mercancías del territorio nacional.

A través de este instrumento, la UIF podrá compartir con la ANAM productos de inteligencia elaborados a partir de reportes y avisos presentados por entidades financieras y quienes realizan actividades vulnerables, en términos de la normatividad aplicable, que contribuyan a la detección de riesgos en comercio exterior y a la implementación de medidas preventivas y correctivas.

 

La Manifestación de valor electrónica se presentará a través de la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior. 2 de junio de 2026.

El SAT a través del comunicado conjunto del pasado 2 de junio, dio a conocer que, como parte de la digitalización de los trámites en materia de comercio exterior, en coordinación con la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), realizaron las gestiones para que la Manifestación de Valor Electrónica (MVE) se presente por los usuarios de comercio exterior a través de la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior (VUTCE), con lo cual se obtienen las siguientes ventajas:

1.         Mitigación de riesgos: Presentar la información del valor en aduana de manera electrónica y previo al despacho de las mercancías, previene errores en la determinación de contribuciones que puedan causar multas o sanciones.

2.         Revisiones más ágiles: Facilita y agiliza las revisiones realizadas por las autoridades aduaneras, dado que la misma se enfoca en rubros específicos de la información que fue remitida previamente, disminuyendo el tiempo que las mercancías permanecen en la aduana.

3.         Ahorro económico: Reduce costos operativos.

Cabe recordar que la MVE se encuentra disponible para su presentación electrónica desde el 1 de agosto de 2025. No obstante, con la finalidad de que los usuarios de comercio exterior cuenten con las herramientas necesarias para cumplir con esta obligación de forma oportuna, mediante la Primera Versión Anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026, publicada en el Portal del SAT el 2 de junio de 2026, se amplió la obligatoriedad de su presentación electrónica hasta el 31 de julio del presente año.

 

Se elimina la dictaminación de avisos en comercio exterior para agilizar trámites. 4 de junio de 2026.

A través del comunicado del pasado 4 de junio, se dio a conocer que la SE, el SAT y la ANAM, en coordinación con la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), anunciaron la eliminación de la dictaminación de Avisos en materia de comercio exterior que se presentan ante dichas autoridades a través de la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior https://www.ventanillaunica.gob.mx/vucem/index.html, lo cual agilizará las actividades económicas.

Lo anterior, en el marco del decreto publicado en el DOF el 4 de mayo de 2026, en el que se habilita la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior y se establece que operará bajo la estandarización, interoperabilidad, uso de datos, trazabilidad, seguridad de la información, enfoque de persona usuaria, mejora continua y eliminación de cargas administrativas innecesarias.

En su calidad de Autoridad Nacional de Simplificación y Digitalización, la ATDT dio acompañamiento a las autoridades de comercio exterior para eliminar las cargas administrativas innecesarias y optimizar los tiempos de atención. Esta estrategia fortalece la certeza jurídica, mejora la experiencia de las personas usuarias y contribuye a una administración pública más eficiente, accesible y transparente.

 

LABORAL

 

Se sientan las bases para la primera NOM en materia de seguridad y salud en el trabajo ante el cambio climático. 4 de junio de 2026

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), a través del boletín 51/2026 de fecha 4 de junio dio a conocer que el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo (CCNNSST), celebró el 26 de mayo de 2026 su Segunda Sesión Ordinaria de 2026, en donde se adoptaron acuerdos que marcan un hito en la política de seguridad y salud laboral del país, entre los que destaca el inicio de un proceso de elaboración normativa inédito en México: una Norma Oficial Mexicana orientada a proteger a las personas trabajadoras frente a los riesgos que el cambio climático impone en los centros de trabajo.

En la sesión se estableció que el cambio climático exige un enfoque regulatorio proactivo que combine el análisis de riesgos físicos en los centros de trabajo con requerimientos de control industrial orientados a salvaguardar la integridad física, la salud y la vida de las personas trabajadoras. Subrayó que esto aplica tanto a entornos interiores como a labores desarrolladas al aire libre, donde las modificaciones de las condiciones seguras de trabajo ante fenómenos meteorológicos adversos representan un riesgo frecuentemente desatendido por la regulación vigente.

Las medidas de protección en materia de SST a escala global han tenido dificultades para adaptarse a la evolución de estos riesgos, lo que ha derivado en mortalidad y morbilidad evitables. Estas categorías de riesgo, junto con los riesgos emergentes que generan las propias medidas de adaptación y mitigación climática (como la reubicación de actividades, la adopción de nuevas tecnologías y la modernización de infraestructuras), conformarán el objeto de análisis del grupo de trabajo constituido en esta sesión.

 

Feria Nacional de Empleo para la Diversidad e Inclusión Laboral. 4 de junio de 2026.

Como parte de las acciones del Plan México, impulsado por la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo para fortalecer la inclusión social, la igualdad de oportunidades y el acceso al trabajo digno, el Gobierno de México, a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y el Servicio Nacional de Empleo (SNE), realizará durante el mes de junio la Feria Nacional de Empleo para la Diversidad e Inclusión Laboral 2026 en 30 entidades federativas.

Esta estrategia contempla más de 50 eventos para ampliar las oportunidades de acceso al empleo formal para toda la población, con especial atención a personas y grupos que históricamente han enfrentado mayores barreras para incorporarse a una actividad productiva, mediante espacios de vinculación incluyentes, orientación laboral y procesos de contratación libres de discriminación.

Entre ellos se encuentran personas con discapacidad, personas adultas mayores, mujeres en proceso de reincorporación laboral, juventudes con barreras de acceso al empleo, poblaciones LGBTTTIQ+, personas en contexto de movilidad, pueblos originarios y afromexicanos.

 

SEGURIDAD SOCIAL

 

Se publica nuevo Reglamento orgánico del Fovissste. 5 de junio de 2026.

El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado publicó en el DOF del 5 de junio el “Acuerdo 23.1392.2025 por el que la Junta Directiva del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, aprobó el Reglamento Orgánico del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado”, el cual entra en vigor el 8 de junio de 2026.

El Reglamento tiene por objeto establecer la organización y el funcionamiento del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, con la finalidad de cumplir con la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, el Estatuto Orgánico del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y las demás disposiciones aplicables.