FISCAL

 

Reduce SAT costo de la recaudación, gasta 25 centavos por cada 100 pesos que ingresa. 23 de marzo de 2026. 

A través del comunicado 20-2026 del 23 de marzo se dio a conocer que, como resultado de la eficiencia aplicada del uso de los recursos públicos, el SAT logró en 2025 una reducción en el costo de la recaudación, al pasar de 28 a 25 centavos por cada 100 pesos obtenidos.

Asimismo, señala que el órgano tributario optimizó la rentabilidad promedio de la fiscalización, pues de enero a diciembre del año pasado, se recuperaron 248 pesos por cada peso invertido en actos de revisión fiscal, lo que refleja la efectividad en el ejercicio del gasto de la institución. 

Estos logros se dan en el marco del Plan Maestro, cuyas directrices se alinean con las políticas del Gobierno de México, encabezado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, en materia de disciplina en el ejercicio del gasto público.

Además, la eficacia en el uso de los recursos administrados por el SAT contribuyó a que en 2025 se alcanzara un récord histórico en los ingresos tributarios, al registrar 5 billones 351 mil 680 millones de pesos; un crecimiento real de 4% en comparación con 2024.

 

El SAT da a conocer puntos clave en la revocación de la autorización de donatarias. 24 de marzo de 2026. 

Mediante tarjeta informativa número 7 del pasado 24 de marzo, el SAT dio a conocer respecto a la información publicada en algunos medios de comunicación sobre la revocación de la autorización de donatarias, lo siguiente:

1.      Las donatarias autorizadas son aquellas organizaciones civiles o fideicomisos que cuentan con autorización por parte del SAT para recibir donativos deducibles del ISR, es decir, permiten que las personas donantes paguen menos contribuciones.

2.      Las donatarias están obligadas a destinar dichos recursos a los fines autorizados por la Ley del ISR y es obligación del SAT verificar que cumplan con sus obligaciones.

3.      La autorización constituye un requisito indispensable para que este tipo de organizaciones tributen como una persona moral con fines no lucrativos, conforme al Título III de la Ley del ISR y, por lo tanto, no paguen dicho impuesto.

4.      Para obtener la autorización como donataria se requiere la escritura constitutiva en la que el objeto social corresponda a lo establecido en la Ley del ISR, así como un documento emitido por alguna institución del gobierno que avale que realizan las actividades autorizadas por dicha ley.

Asimismo, da a conocer que en 2025 se revocaron 270 donatarias de un padrón de más de 10 mil, por no cumplir con los requisitos establecidos en la ley, y que a todas se les dio derecho de audiencia conforme al procedimiento señalado en el artículo 82-Quater de la LISR. Por lo tanto, la revocación atendió a que dichas organizaciones no cumplieron o subsanaron lo dispuesto por la ley en el plazo legal otorgado.

 

La autoridad fiscal realiza un atento recordatorio para presentar la Declaración Anual 2025 de personas. 24 de marzo de 2026. 

El SAT a través del comunicado de prensa 21-2026 de fecha 24 de marzo hace un atento recordatorio para la presentación de la Declaración Anual la cual se realiza en el Portal del SAT https://www.sat.gob.mx/minisitio/DeclaracionAnual/Personas/index.html disponible durante todo el mes, las 24 horas del día.

El trámite es obligatorio para las personas que obtuvieron ingresos por las siguientes actividades:

1.     Sueldos y salarios:

a.     Si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede los 400 mil pesos.

b.    Si trabajaron para un solo empleador y dejaron de laborar antes del 31 de diciembre de 2025.

c.     Si obtuvieron ingresos distintos de salarios.

d.    Si trabajaron de manera simultánea para dos o más empleadores.

e.     Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener el ISR.

f.      Si obtuvieron ingresos adicionales por indemnización.

g.    Si los ingresos por jubilación o pensiones exceden el monto previsto en el artículo 93 fracción IV y V de la Ley del ISR.

2.     Servicios profesionales.

3.     Actividades empresariales. Incluye a Plataformas tecnológicas, región fronteriza y Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.

4.     Arrendamiento de bienes inmuebles.

5.     Enajenación o adquisición de bienes.

6.     Intereses o dividendos.

7.     Las personas que tributan en RESICO pueden quedar relevadas de presentar la Declaración Anual. Las que apliquen lo establecido en las reglas 3.13.20 y 3.13.21 pueden optar por presentarla.

 

Diputados aprueban reforma al CFF para que contribuyentes puedan elegir libremente la modalidad de garantía del interés fiscal. 25 de marzo de 2026.

El 25 de marzo con 418 votos a favor, cero en contra y 35 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma el artículo 141 del Código Fiscal de la Federación, cuya finalidad es establecer la libre elección de la persona contribuyente entre las distintas modalidades de garantía del interés fiscal.

El dictamen a la iniciativa presentada por la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, elimina la exigencia de cumplir con el orden obligatorio de las formas de garantía y suprime el deber, a cargo de las personas contribuyentes, de acreditar su capacidad económica a efecto de garantizar el interés fiscal conforme a lo establecido en dicho artículo.

Determina que la garantía deberá comprender, además de las contribuciones adeudadas actualizadas, los accesorios causados, así como de los que se causen en los doce meses siguientes a su otorgamiento. Al terminar este período y en tanto no se cubra el crédito, deberá actualizarse su importe cada año y ampliarse la garantía para que cubra el crédito actualizado y el importe de los recargos, incluso los correspondientes a los doce meses siguientes.

El dictamen se turnó al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

 

Diputadas y diputados aprobaron reformas a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. 27 de marzo de 2026.

De acuerdo con el boletín número 3584 del pasado 25 de marzo, se dio a conocer que la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; se devolvió al Senado para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional.

En lo general, se avaló con 331 votos a favor, 120 en contra y cero abstenciones, y en lo particular por 328 votos a favor, 119 en contra y cero abstenciones, y con los cambios aceptados por el Pleno a los artículos 19 y 53.

Los aspectos relevantes son:

1.        El juicio sumario se deberá resolver en un plazo máximo de seis meses previsto para los juicios administrativos en materia tributaria.

2.        Se incrementa la cuantía de la procedencia del juicio en la vía sumaria para pasar de resoluciones cuyo importe no exceda de 15 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente elevada al año.

3.        Detalla plazos máximos de actuación para las magistradas y magistrados instructores del juicio contencioso administrativo federal, así como plazos máximos para la presentación de promociones de las partes.

4.        Se establecen reglas y plazos para la práctica de las notificaciones que se realizan a las personas particulares y a las autoridades por medio del Boletín Jurisdiccional. Contempla un lenguaje incluyente.

 

LEGAL EMPRESARIAL

 

Declaratoria del Polo de Desarrollo Económico para el Bienestar en Topolobampo, Sinaloa. 23 de marzo de 2026. 

La SE dio a conocer en el DOF del 20 de marzo el “Acuerdo por el que se emite la Declaratoria del Polo de Desarrollo Económico para el Bienestar Topolobampo, Sinaloa”, el cual entró en vigor el 21 de marzo de 2026.

En este sentido, la declaratoria señala los datos siguientes:

 

Criterio

Macrolocalización

Polo de Desarrollo Económico para el Bienestar Topolobampo, Sinaloa.

Se ubica en el municipio de Ahome, estado de Sinaloa, colinda al norte con el estado de Sonora (Huatabampo y Álamos), al noroeste con el Golfo de California, al noreste con el municipio de El Fuerte, al oeste con el Golfo de California, al este con el municipio de El Fuerte y municipio de Sinaloa de Leyva, al sur con el Golfo de California y el municipio de Juan José Ríos, y al sureste con el municipio de Juan José Ríos.

 

Se remite a comisiones de la Cámara de diputados la minuta que reforma la Constitución en materia electoral. 27 de marzo de 2026.

La presidenta de la Mesa Directiva, diputada Kenia López Rabadán, informó que se recibió del Senado de la República la minuta con proyecto de decreto por el que se modifican los artículos 115, 116 y se adiciona un párrafo al artículo 134 de la Constitución Política.El documento, remitido a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Reforma Política-Electoral para dictamen, indica que cada municipio será gobernado por un ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un presidente o presidenta municipal, una sindicatura y hasta quince regidurías, de conformidad con los principios de paridad de género vertical y horizontal, perspectiva de género e igualdad sustantiva en el acceso, integración y ejercicio del poder público municipal.

Las constituciones estatales deberán establecer que el presupuesto anual de las legislaturas locales no exceda del cero punto setenta por ciento del presupuesto de egresos de la entidad federativa correspondiente.

Asimismo, deberán garantizar los principios de paridad, igualdad sustantiva y perspectiva de género, en la integración y funcionamiento de los órganos legislativos locales, así como prohibir la reelección de las personas diputadas a las legislaturas de los estados para el periodo inmediato posterior a su ejercicio de su mandato.

 

Diputados aprueban la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar. 27 de marzo de 2026

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen con proyecto de decreto por el que se expide la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar, y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que deriva de una iniciativa remitida por la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo.

En lo general, se aprobó con 359 votos a favor, 80 en contra y cero abstenciones, y en lo particular por 315 votos a favor, 89 en contra y cero abstenciones, con la modificación aceptada por el Pleno. Fue enviado al Senado para sus efectos constitucionales.

El objetivo es regular los mecanismos de inversión que sirvan para fomentar el desarrollo y ejecución de proyectos de infraestructura pública estratégica que contribuyan al desarrollo nacional, con bienestar del pueblo de México, a través de la participación del sector público, privado y social que fortalezcan la soberanía nacional, bajo los principios de los artículos 25 y 134 de la Constitución Política, los cuales se sujetarán en todo momento a lo dispuesto en las disposiciones jurídicas vigentes en materia de gasto público, presupuestaria, deuda, y demás que resulten conducentes.

 

COMERCIO EXTERIOR

 

Se da a conocer un arancel-cupo para los carriles (rieles) de ferrocarril. 26 de marzo de 2026.

La Presidencia de la República dio a conocer en el DOF del 26 de marzo el “DECRETO por el que se modifica el diverso que modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, el Decreto para el apoyo de la competitividad de la industria automotriz terminal y el impulso al desarrollo del mercado interno de automóviles, el Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación, el Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte, el Decreto de la zona libre de Chetumal, el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial, el Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados y los diversos por los que se establecen aranceles-cupo, publicado el 18 de noviembre de 2022 en el Diario Oficial de la Federación”, el cual entró en vigor el día de su publicación.

Con la publicación, se establece un arancel-cupo para los carriles (rieles) clasificados en la fracción arancelaria 7302.10.02 de la TIGIE, de acuerdo con lo siguiente:

 

Código

Descripción

Unidad

Cuota (Arancel)

Impuesto de Imp. (%)

Impuesto de Exp. (%)

7302.10.02

Carriles (rieles).

Kg

Ex.

No aplica

 

Lo anterior, tiene como finalidad mejorar la movilidad de personas y mercancías en todo el territorio nacional y transfronterizo, incrementando la competitividad del país mediante la consolidación de una red intermodal de infraestructura para un transporte eficiente, sostenible y seguro.

 

LABORAL

 

Reforma en plataformas digitales impulsa nueva generación de empleo formal en la economía del siglo XXI. 23 de marzo de 2026

La STPS dio a conocer en su boletín 24/2026 del 22 de marzo, los avances en la implementación de la reforma en materia de trabajo en plataformas digitales, señalando que se dio una transformación que ha permitido avanzar en la formalización laboral de al menos 1.3 millones de personas trabajadores dentro de uno de los sectores más dinámicos de la economía digital.

En un contexto global donde la regulación del trabajo mediado por aplicaciones ha sido objeto de amplio debate, incluso en el seno de la Organización Internacional del Trabajo, México ha impulsado una solución construida a través del diálogo social, con la participación de empresas, organizaciones de personas trabajadoras y autoridades.

Asimismo, la STPS señaló que el resultado ha sido una legislación funcional que permitió que, al cierre de febrero de 2026, la reforma beneficiara a 1,250,898 personas vinculadas a plataformas digitales.

De ahí que, del total de trabajadores, 163 mil 896 personas superaron el umbral de ingreso neto mensual, consolidándose como puestos de trabajo formales al estar inscritas en 16 plataformas digitales registradas. Esto les permite acceder a la cobertura completa del IMSS, incluyendo: enfermedades y maternidad, riesgos de trabajo, invalidez y vida, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, guarderías y prestaciones sociales.

 

SEGURIDAD SOCIAL

 

El IMSS firma el primer convenio de colaboración para el aseguramiento de trabajadores independientes del Estado de Chiapas. 23 de marzo de 2026. 

El director general del IMSS, Zoé Robledo, y el gobernador de Chiapas, Eduardo Ramírez Aguilar, firmaron un convenio de colaboración para el aseguramiento de Personas Trabajadoras Independientes (PTI) de esta entidad al IMSS, que beneficia a mujeres y hombres transportistas, artesanos, mariachis, locatarios de mercado, aseadores de calzado y marimberos, entre otros.

Desde el Centro de Convenciones Polyforum de Tuxtla Gutiérrez, el titular del Seguro Social destacó que el gobierno de Chiapas se convierte en el primero en la historia del país en hacerse cargo de la incorporación al IMSS, de manera solidaria y colectiva, de las primeras 3 mil PTI que contarán con acceso pleno a los cinco seguros del instituto: enfermedades y maternidad, riesgos de trabajo, invalidez y vida, cesantía en edad avanzada y vejez y de guarderías y prestaciones sociales.

Finalmente, refirió que de las 3 mil PTI beneficiadas con el convenio, mil 999 tienen Número de Seguridad Social por algún otro trabajo, con lo que podrán recuperar esas semanas y estar más cerca de pensionarse, además de incorporar a sus familias y tener acceso a las unidades médicas del IMSS, incluidos los nuevos hospitales Nueva Frontera y XIV de Septiembre.

 

Suma IMSS más de 401 mil inscritos al Programa de Trabajadores Independientes. 23 de marzo de 2026.

El director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo, presentó los avances del Programa de Trabajadores Independientes (PTI), diseñado para comerciantes, profesionistas, técnicos, profesores, vendedores ambulantes y periodistas, entre otros; a la fecha se lleva un registro global de 401 mil 739, de los cuales, 19 mil 502 que trabajan en el extranjero.

Durante la conferencia de prensa en Palacio Nacional que encabezó la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, el titular del IMSS explicó que el PTI es una modalidad de aseguramiento voluntario incorporada a la Ley del Seguro Social en mayo de 2024.

Zoé Robledo informó que de las 401 mil 739 personas registradas en el PTI, el 45 por ciento son mujeres y el 55 por ciento hombres, con una edad promedio de 55 años. De este universo, 112 mil 162 ya reciben una pensión y se han incorporado 541 mil 874 beneficiarios.

 

Infonavit realiza la primera entrega de viviendas del bienestar en Sinaloa. 24 de marzo de 2026.

En enlace a la conferencia La Mañanera del Pueblo, encabezada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, el 25 de marzo desde el municipio de Ahome, en la ciudad de Los Mochis, Sinaloa, el director general del Infonavit, el ingeniero Octavio Romero Oropeza, la titular de la Sedatu, Edna Vega Rangel, y el gobernador, Rubén Rocha Moya, entregaron 40 viviendas del Bienestar, ubicadas en el fraccionamiento “Infonavit Nuevo Horizonte”.

Esta es la primera entrega de viviendas que se lleva a cabo en la entidad y la decimosexta a nivel nacional, en el marco del Programa de Vivienda para el Bienestar que contempla la edificación de 1 millón 200 mil viviendas a nivel nacional por parte del INFONAVIT, para derechohabientes que ganan entre 1 y 2 salarios mínimos.

 

Esquema para créditos de vivienda a trabajadores independientes y migrantes. El Infonavit lo aprueba. 24 de marzo de 2026. 

El Infonavit brindará a los trabajadores independientes y migrantes opciones para utilizar el ahorro de su Subcuenta de Vivienda con el fin de adquirir créditos para mejora, compra y construcción de vivienda.

La propuesta fue aprobada este 24 de marzo en la sesión ordinaria número 929 del Consejo de Administración, con el voto a favor de los sectores de los empleadores, trabajadores y de gobierno que conforman al Instituto. La misma realiza modificaciones al Modelo Único de Originación para que, además de las personas trabajadoras con relación laboral vigente, se permitirá el acceso al crédito a personas trabajadoras del hogar, periodistas, músicos y migrantes, entre otros.

En representación del sindicato de músicos, EJE Ejecutantes, y de la CTM, Armando Baez Pinal, celebró esta iniciativa, la cual constituye un avance sustantivo para que se amplíe el acceso al crédito digno para sectores no atendidos, como el de los músicos, quienes por primera vez contarán con opciones reales para ejercer su derecho a la vivienda.

 

Se aprueba limitar jubilaciones y pensiones de las entidades públicas. 27 de marzo de 2026.

El 25 de marzo la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto que reforma el artículo 127 de la Constitución Política, en materia de límite a las jubilaciones y pensiones de las entidades públicas.

El documento, enviado a las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México para sus efectos constitucionales, integra el lenguaje inclusivo para utilizar la expresión “persona titular del Ejecutivo Federal” en lugar de “presidente de la República” y, sustituye “ningún servidor público” por “ninguna persona servidora pública”.

Indica que en cualquier caso, las jubilaciones o pensiones del personal de confianza a cargo de los organismos descentralizados, las empresas públicas del Estado, las sociedades nacionales de crédito, las empresas de participación estatal mayoritaria y los fideicomisos públicos constitutivos de entidades paraestatales, todos del Gobierno Federal, así como los organismos descentralizados, las empresas de participación estatal o municipal mayoritaria, las empresas públicas y los fideicomisos públicos, de las entidades federativas y de los municipios, no deberán exceder de la mitad de la remuneración establecida para la persona titular del Ejecutivo Federal en el presupuesto correspondiente.

Las disposiciones e instrumentos jurídicos que regulen la relación laboral no podrán establecer condiciones que superen el límite establecido en el párrafo que antecede.

Quedan excluidas de lo previsto en el segundo párrafo de esta fracción las Fuerzas Armadas, las jubilaciones o pensiones que se constituyan a partir de las aportaciones voluntarias a los sistemas de ahorro para el retiro basados en cuentas individuales, las jubilaciones o pensiones constituidas a partir de aportaciones sindícales en los sistemas de ahorro complementarios, y la pensión no contributiva a que se refiere el artículo 4º de la Constitución Política.