FISCAL

 

Reglas de carácter general de la Ley Antilavado. Se dan a conocer cambios. 7 de agosto de 2026.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer en el DOF del 7 de agosto el “Acuerdo por el que se modifican las Reglas de carácter general a que se refiere la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita”, el cual entró en vigor el 8 de agosto de 2026.

Esta reforma operacionaliza y reglamenta las obligaciones derivadas de las reformas a la LFPIORPI y su Reglamento, con fecha general de entrada en vigor el 30 de noviembre de 2026 (y un calendario de cumplimiento gradual durante 2027 y 2028). 

Los principales aspectos de esta modificación son:

1.     Enfoque Basado en Riesgos (EBR) Obligatorio:

·            Metodología de evaluación: quienes realicen actividades vulnerables deben implementar y documentar una metodología para evaluar sus riesgos de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo previo a ofrecer nuevos productos/servicios o atender a nuevos clientes.

·            Factores mínimos: la evaluación debe considerar: clientes o usuarios, productos/servicios, zonas geográficas, y canales de envío/distribución o transacciones.

·            Actualización periódica: debe actualizarse al menos cada 12 meses, o antes si se detectan nuevos riesgos o se actualiza la Evaluación Nacional de Riesgos de la UIF. 

2.     Clasificación de clientes y debida diligencia (KYC):

·            Grados de riesgo: se establece la obligación de clasificar a todos los clientes o usuarios en al menos tres niveles de riesgo (Bajo, Medio, Alto). La reevaluación debe realizarse al menos cada 6 meses. 

·            Perfil transaccional: creación y seguimiento documentado del perfil transaccional de cada cliente con sistemas de alertas para cambios inusuales. 

·            Medidas reforzadas: aplicación de cuestionarios sobre origen/destino de recursos y verificación en registros de la Secretaría de Economía para clientes de riesgo alto. 

Aunque el Acuerdo entra en vigor el 30 de noviembre de 2026, sus transitorios contemplan una implementación diferida para facilitar la adecuación de las empresas: 

·               1 de enero de 2027: Inicio del primer periodo anual obligatorio de capacitación. 

·               1 de marzo de 2027: Exigibilidad de la Metodología de Evaluación de Riesgos (EBR), Manual de Políticas Internas y Clasificación de Riesgo. 

·               Mediados de 2027: Puesta en operación formal de los mecanismos automatizados de monitoreo.

 

LEGAL EMPRESARIAL

 

Plataforma Nacional de Transparencia. Se da a conocer información adicional que de manera proactiva se deberá transparentar. 4 de agosto de 2026. 

La Presidencia de la República dio a conocer en el DO del 4 de agosto el “Decreto por el que se determina la información adicional que de manera proactiva publicarán los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal en el ámbito de sus respectivas competencias, por ser de interés público”, el cual entró en vigor el 5 de agosto de 2026.

El Decreto tiene por objeto instruir acciones para dar cumplimiento a las obligaciones de transparencia referentes a las contrataciones públicas, así como determinar la información adicional que de manera proactiva publicarán los sujetos obligados de la Autoridad garante federal a que se refiere la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en el ámbito de sus respectivas competencias, por ser de interés público.

Por consiguiente, se instruye a los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal, a que actualicen mensualmente en el Portal de Obligaciones de Transparencia de la Plataforma Nacional de Transparencia la información prevista en el artículo 65, fracción XXVI, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, relativa a los contratos suscritos, incluidos sus convenios modificatorios. La actualización deberá realizarse dentro de los 15 días hábiles siguientes a la conclusión de cada mes, respecto de la información generada durante el mes inmediato anterior, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

 

Declaratoria del Polo de Desarrollo Económico para el Bienestar
Distrito Financiero y Tecnológico de Cancún, Quintana Roo.
7 de agosto de 2026.

La Secretaría de Economía dio a conocer en el DOF del 7 de agosto pasado, el “Acuerdo por el que se emite la Declaratoria del Polo de Desarrollo Económico para el Bienestar Distrito Financiero y Tecnológico de Cancún, Quintana Roo”, el cual entró en vigor el 8 de agosto de 2026.

En este sentido, la declaratoria consigna los datos siguientes:

 

Criterio

Localización

Infraestructura

Habitabilidad

Polo de Desarrollo Económico para el Bienestar Distrito Financiero y Tecnológico de Cancún, Quintana Roo.

Se ubica en el municipio de Benito Juárez, estado de Quintana Roo, limita al norte con el municipio de Isla Mujeres; al oeste con el municipio de Lázaro Cárdenas; al sur con el municipio de Puerto Morelos; y al este con el Mar Caribe.

El polígono cuenta con los servicios e infraestructura básicos para el desarrollo de las actividades productivas. Dispone de vialidades, energía eléctrica, agua potable, drenaje y conectividad, con opciones identificadas para ampliar la disponibilidad de energía en el mediano plazo, lo que garantiza condiciones adecuadas para la operación de empresas e industrias, y contribuye al impulso del desarrollo regional y la atracción de inversiones.

Los predios están a 8 km del punto más cercano de transporte público urbano, por lo que sería necesario extender las rutas de transporte público y mejorar la infraestructura peatonal para garantizar un acceso seguro y equitativo a los servicios urbanos, por lo que aumentarán la cobertura de transporte público, misma que se encuentra en proceso de elaboración del Plan Integral de Movilidad Urbana Sustentable (PIMUS) Cancún – Isla Mujeres.

 

COMERCIO EXTERIOR

 

México y Japón fortalecen el diálogo económico bilateral. 3 de agosto de 2026.

El secretario de Economía, Marcelo Ebrard Casaubon, recibió este lunes al ministro de Asuntos Exteriores de Japón, Toshimitsu Motegi, con quien sostuvo una reunión de trabajo para dialogar sobre las oportunidades para profundizar aún más la relación económica entre ambos países desde una perspectiva estratégica.

Durante el encuentro, celebrado en la sede de la Secretaría de Economía, ambos funcionarios abordaron la propuesta de celebrar el Diálogo Económico de Alto Nivel este año que permita fortalecer la coordinación bilateral e identificar nuevas áreas de colaboración en materia de comercio, inversión y desarrollo económico.

Asimismo, intercambiaron perspectivas sobre las oportunidades de cooperación en los sectores de energía e inteligencia artificial, considerados estratégicos para el desarrollo de cadenas de suministro más resilientes y la transición energética.

 

LABORAL

 

Más de 31 mil oportunidades de trabajo para jóvenes ofrecerá la Feria Nacional de Empleo para las Juventudes 2026. 3 de agosto de 2026.

En el marco del Día Internacional de la Juventud, que se conmemora el 12 de agosto, el Gobierno de México, a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), a cargo de Marath Bolaños López, y el Servicio Nacional de Empleo (SNE), dirigido por Claudio Frausto Lara, llevará a cabo durante este mes la Feria Nacional de Empleo para las Juventudes 2026, una estrategia que busca acercar oportunidades de trabajo formal a las y los jóvenes en las 32 entidades del país.

Además, se impartirán 117 talleres gratuitos para apoyar a las y los asistentes en la elaboración de su currículum, la preparación para entrevistas de trabajo y el fortalecimiento de habilidades para facilitar su incorporación al ámbito laboral, especialmente para quienes buscan su primer empleo o cuentan con poca experiencia.

Las personas asistentes también podrán registrarse en el Portal del Empleo (www.empleo.gob.mx), conocer las ofertas disponibles en su localidad y en otras entidades del país, así como acceder a los servicios permanentes y gratuitos de orientación y vinculación laboral que ofrece el SNE.

 

Ocho nuevos estándares de competencia laboral. 7 de agosto de 2026.

El Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales publicó en el DOF del 7 de agosto pasado, el “Acuerdo SE/III-26/05,R del Comité Técnico del Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales, mediante el cual se aprobaron los Estándares de Competencia que se indican”.

Los estándares de competencia aprobados son los siguientes:

1.        Desarrollo de productos y servicios con IA en MiPyME.

2.        Implementación de estrategias con Marketing, utilizando IA para la Alta Dirección en PyME’s.

3.        Producción de videos digitales con herramientas de inteligencia artificial generativa.

4.        Aplicación de estrategias para el reconocimiento de conductas relacionadas con la condición del espectro autista en niños, niñas y adolescentes y su inclusión al entorno familiar, educativo, deportivo y comunitario.

5.        Aplicación de estrategias para el reconocimiento y promoción de conductas relacionadas con condiciones que afectan la buena salud y bienestar mental de niño, niñas y adolescentes en su entorno familiar, escolar, deportivo y comunitario.

6.        Aplicación de estrategias para la prevención y atención de la violencia entre niños, niñas y adolescentes en entornos familiares, educativos y deportivos.

7.        Promoción de la inclusión de niños, niñas y adolescentes en neurodiversidad con habilidades diferentes de aprendizaje, en un entorno familiar, educativo y comunitario.

8.        Promoción y desarrollo de las habilidades socioemocionales en la familia para una crianza positiva.

 

SEGURIDAD SOCIAL

 

Anexos 1 y 2 de las Reglas para el otorgamiento de créditos a los trabajadores. El Infonavit publica modificaciones. 5 de agosto de 2026.

El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores dio a conocer en el DOF del 5 de agosto la “Modificación a los Anexos 1 y 2 de las Reglas para el otorgamiento de Créditos a los Trabajadores Derechohabientes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (ROC)”, la cual entró en vigor el 6 de agosto de 2026.

El cambio que destaca en relación con los documentos que deben acompañar la solicitud de crédito es el relativo a que en el caso de que la Persona Trabajadora Derechohabiente exhiba la CURP que tenga asociados los datos biométricos del titular cuya validación sea exitosa, será documento suficiente para identificar a dicha persona.

 

Puestos de trabajo afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social. 7 de agosto de 2026.

Al 31 de julio de 2026, se tienen registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) 22,760,154 (veintidós millones setecientos sesenta mil ciento cincuenta y cuatro) puestos de trabajo, la cuarta cifra más alta desde que se tenga registro y la mayor para un mes de julio. De este total, el 87.0% corresponde a puestos permanentes y el 13.0% a eventuales. En particular, los puestos permanentes alcanzaron 19,797,516 (diecinueve millones setecientos noventa y siete mil quinientos dieciséis), la tercera cifra más alta para cualquier mes de la serie histórica.

En julio se registró una baja mensual de 19,550 (diecinueve mil quinientos cincuenta) puestos, equivalente a una tasa negativa de 0.1%. Este resultado refleja, entre otros factores, la estacionalidad asociada al fin del ciclo escolar y en parte a la etapa descendente del ciclo agrícola.

Con lo anterior, la creación de empleo en lo que va del año es de 243,078 (doscientos cuarenta y tres mil setenta y ocho) puestos, de los cuales el 95.4% corresponde a trabajo permanente.

En los últimos doce meses se registró un crecimiento de 326,987 (trescientos veintiséis mil novecientos ochenta y siete) puestos de trabajo, equivalente a una tasa anual de 1.5%.

Los sectores económicos con el mayor crecimiento porcentual anual en puestos de trabajo son transportes y comunicaciones, con 7.5%; extractivo, con 4.3% y servicios sociales y comunales, con 3.3%. Por entidad federativa destacan Baja California y Oaxaca con aumentos anuales superiores a 5.5%.